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miércoles, noviembre 30, 2005

PRESIDENTE DEL SENAD

PRESIDENTE DEL SENADO LLAMÓ A EVITAR MEDIDAS QUE IMPIDAN EL LIBRE COMERCIO ENTRE CHILE Y EUROPA
El Senado Sergio Romero se sumó a la inquietudes expresadas por el eventual aumento de costos para los embarques de cobre a Europa
Presidente del Senado, Sergio Romero
Su pleno respaldo a las inquietudes expresadas por los senadores Baldo  Prokurica y Ricardo Núñez, presidente e integrante de la Comisión de Minería de la Cámara Alta,  respecto al eventual aumento de costos para los embarques de cobre a Europa, expresó el Presidente del Senado, Sergio Romero.
 El titular de la Cámara Alta señaló la importancia de “evitar toda medida que impida el libre comercio”, entre Chile y Europa.  Esta situación fue advertida por el titular del Senado chileno al Presidente de la Delegación del Parlamento Europeo, el eurodiputado André Brie, con motivo de la III reunión Interparlamentaria Mixta Chile Unión Europea, realizada en Valparaíso en octubre pasado.
 El senador Romero, indicó que “en la próxima reunión que se realizará en la sede del Parlamento Europeo, en Estrasburgo, probablemente a mediados de enero, será necesario ratificar esta inquietud, ya que medidas de este tipo son esencialmente barreras para arancelarias que obedecen a inquietudes seudo medioambientales de algunos parlamentarios verdes europeos”.
Recordó que “el propio Presidente del Parlamento Europeo, Josep Borrell  desestimó que ellos se vayan a convertir en inspectores”, cuando el Presidente del Senado chileno le planteó la inconveniencia de convertir estas delegaciones en visitas inspectivas, todo ello en el marco y  ocasión de la reciente visita del Presidente de la República al Parlamento Europeo.

Desde el Senado. Consultajuridica.blogspot.com, chileportal.blogspot.com

jueves, noviembre 24, 2005

QUE ES EL HABEAS DAT



¿QUE ES EL HABEAS DATA?

Como Chile ha suscrito tratado de libre comercio con Europa, donde se encuentra legislado el habeas data , hemos querido ver de que se trata este instituto . Para ello hemos toado un muy buen  texto y  trabajo de  Luis Peraza Parga  de reciente publicación en La Insignia. México, noviembre del 2005.

El derecho de cualquier persona a manejar sus propios datos personales es un derecho de muy reciente generación que ha nacido en contraposición al control ejercido por el Estado. Su aceptación en latín lo acerca al famoso procedimiento de habeas corpus que tantas vidas ha salvado de un incierto fin, al obligar a las autoridades estatales de cualquier tipo a presentar al individuo detenido ante un juez, quien decidirá la legalidad de la detención conforme a derecho.
El habeas data está perfectamente definido y garantizado en la fallida, pero seguramente con posibilidades de ser retomada en un futuro, Constitución europea, dentro de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión. Inmediatamente después de la mención del derecho a la libertad, a la seguridad y el respeto a la vida privada y familiar, establece la protección de datos de carácter personal como derecho inherente a toda persona, a quien se garantizará un acceso pleno y un derecho de rectificación. La lealtad en su tratamiento, la concreción de sus fines y el consentimiento de la persona afectada u otro fundamento legítimo previsto por la ley son las reglas de su manejo. Una autoridad independiente, el supervisor europeo de protección de datos, controla ya el respeto de estas normas.
Con motivo de los acuerdos desarrollados por la Comisión Europea y el Consejo Europeo con las autoridades estadounidenses sobre la obligación de las compañías aéreas europeas de identificar a los pasajeros que lleven a los EEUU o sobrevuelen su territorio, el Parlamento europeo, auténtica conciencia democrática de Europa, decidió impugnar esta legislación comunitaria basándose, entre otros motivos, en la utilización de una base jurídica indebida para fundamentarlas.
El abogado general, auténtico magistrado ponente, ha dado la razón en este punto al Parlamento, que cuenta con el apoyo del supervisor europeo, y es ahora cuando los jueces comunitarios tienen la palabra, después de deliberar. Casi siempre siguen los razonamientos y las conclusiones del abogado general, ya que es el que desarrolla un estudio pormenorizado de las legislaciones de los 25 estados miembros, del derecho comunitario y del internacional, sin olvidar la propia jurisprudencia de la corte comunitaria y el tribunal de derechos humanos europeo. Algunas veces, las menos, han desairado estas conclusiones, inclinándose al extremo contrario.
El Parlamento argumentaba dos motivos más de impugnación que se nos antojan más interesantes que la mera base jurídica elegida, sin desmerecer la importancia fundamental que sin duda tiene. El primero se trata de que la decisión de adecuación de la Comisión a ese requerimiento estadounidense viola el derecho a la vida privada y a la protección de los datos personales establecidos en el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, recordemos que el artículo comentado de la Constitución para Europa no consiguió ser ratificado por los estados miembros y vive el sueño de los justos y por lo tanto no ha entrado en vigor ni se puede alegar, tal y como ha sido aplicado por el Tribunal de Justicia de Luxemburgo y el de derechos humanos de Estrasburgo. El segundo se refiere a la violación del debido principio de proporcionalidad, es decir, no superaría a juicio del Parlamento el examen de que no existe otra manera menos avasalladora e igualmente eficaz de conseguir el mismo resultado ya que con el sistema aprobado y en marcha se puede correr el riesgo de transmitir demasiada información que sería conservada por un tiempo excesivo en manos de las autoridades estadounidenses.
Ojalá fueran estos los motivos sobre los que se pronunciara el tribunal a favor de declarar nula de pleno derecho la legislación comunitaria en este aspecto. Si los rechazara pero se pronunciara a favor del motivo de la inadecuación de la base jurídica, declararía también la nulidad de toda la legislación comunitaria sobre la materia, lo que abriría la esperanza a que, en el proceso de creación de la nueva norma, el derecho a la protección de los datos personales saliera reforzado. Obviamente, EEUU no estaría contento, lo interpretaría como un revés foráneo a su cruzada contra el terrorismo e incluso podría llegar a prohibir los vuelos de compañías de origen comunitario. ¿Optarán los jueces por el beneficio económico de las compañías aéreas y en contra de la dignidad y la intimidad de los pasajeros? Sea como sea, no debemos olvidar unas sabias palabras de la persona nombrada por el Consejo de Europa para investigar las cárceles secretas de la CIA: "Nosotros no estamos contra los EEUU, ni tratamos de debilitar la campaña contra el terrorismo, pero estamos convencidos de que las violaciones a los derechos humanos cometidas en el combate al terrorismo son completamente contraproducentes. Crean una atmósfera de injusticia que es una victoria para los terroristas, cuyo objetivo es precisamente destruir los principios del estado de derecho que gobierna nuestras sociedades. El único camino eficaz para combatir el terrorismo es usar medios morales y decentes."
Habeas data, saludos, Rodrigo González Fernández, consultajuridica.blogspot.com

sábado, noviembre 12, 2005

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jueves, noviembre 10, 2005

CREDIBILIDAD VS. INTERES ECONOMICO

Es verdad, lo dijeron por televisión...

En enero de este año se publicó este artículo y hoy sigue siendo noticia y Natalia Martini tiene mucha razón. Veamos:

Hoy, quiero retomar el tema de la credibilidad de los medios de comunicación, aquí encuentro interesante que agreguemos al artículo "Credibilidad Vs Interés Económico", el tema del escándalo.En la historia de los medios, el escándalo ha sido siempre el vehículo más seguro para llamar la atención del mundo y en la última década fue la herramienta más utilizada para obtener rating. Sabemos que la televisión basa su gran fuerza expresiva en la imagen y podemos conjeturar que si mezclamos estos dos fenómenos, escándalo e imágenes, podemos obtener la fórmula segura para obtener más audiencia. Si hablamos sobre las peleas entre un medio y otro, sabemos que ocurrieron siempre, las tendencias políticas de los periodistas también, lo que es nuevo es la forma en que estos enfrentamientos se hacen públicos y la frecuencia con la que los periodistas expresan sus favoritismos, olvidándose de la imparcialidad, y aquellos principios que en algún momento eran las premisas para dar cuenta de los sucesos destacados de la realidad. Aunque…¿la objetividad periodística existe?. En este contexto, quiero compartir con Ustedes, lo que dijo una vez, Hubert BeuveMery, fundador del diario Le Monde: "en periodismo la objetividad no existe; la honestidad sí".Volviendo al tema que nos ocupa, las formas que adoptan las rivalidades entre los medios se asemejan mucho a las internas partidarias, a las peleas entre candidatos, son luchas de poder, en el medio de estas peleas siempre están las audiencias, quiénes en un buen porcentaje estarán conformes de permanecer ahí viendo el ping pong, el otro porcentaje de la gente, se sentirá incomoda y puede percibir la manipulación.Rozar los límites de la tolerancia, exhibir cruentas disputas, fomentar el escándalo, son las actitudes que hacen la diferencia entre un medio que lucha por sostener su credibilidad y otro que la hecha a perder con cada segundo que el escándalo conquista su espacio. Las nuevas normas de los medios, que cada vez están más monopolizados, están supeditadas a la regla número uno de conseguir un punto más de rating, esta premisa es la que avala todas las acciones que a veces nos parecen raras y desbordadas en los medios. ¿Quién nos asegura la veracidad de los informes que difunden los medios?Hoy, todo lo podemos ver en vivo y en directo. Podemos ser testigos, aunque ausentes, de los hechos más destacados del acontecer mundial. Podemos verlo todo, sin comprometernos con aquello que vemos. Y esto los medios lo saben y lo utilizan y ya no con el objetivo de mostrar la realidad tal cual sucede, sino de disfrazar esa realidad para que nos despierte la curiosidad y sigamos allí, leyendo, escuchando, viendo sin mirar y fundamentalmente comprando lo que ellos nos venden.La carrera por la primicia, muchas veces es el trampolín para que los medios difundan documentos, noticias, videos, etc, que no son reales y que fueron manipulados con la mera intención de conseguir un rédito económico o perseguir intenciones políticas.La libertad de expresión, es un principio fundamental para el sostenimiento de un sistema democrático, es un derecho de los ciudadanos más que de los medios, por ello creo que la censura es una herramienta de antaño para mediar en este tipo de cuestiones. Por ello, la importancia que hoy le doy a que las audiencias puedan comprender la abundante información a la que están expuestas. Aunque soy consciente que la velocidad con la que la información se nos presenta, obstaculiza la posibilidad de discernimiento y comprensión. La vorágine informativa nos envuelve casi sin que lo notemos en un torbellino de datos aislados que no pueden ser unidos mientras tenga más fuerza el torbellino que nuestra capacidad de abstracción. En su ensayo sobre el Watergate de 1985, Norman Mailer escribió algunas hipótesis sobre el caso pero las disfrazó de "modelos epistemológicos" de la siguiente manera:Modelosa) Aun cuando falte la mitad de las piezas del rompecabezas, cabe la posibilidad de que algo encaje. Pese a los huecos, la imagen quedará más o menos visible. Incluso si han desaparecido la mayor parte de las piezas, es posible disponer de un mosaico suelto con los elementos aislados. En estas circunstancias, la posibilidad de entrever la figura completa es pequeña, pero no se ha perdido del todo. Es precisamente la misma que uno preferiría conocer con certeza si las pocas piezas restantes pertenecieran al mismo conjunto.b) Quizá los fragmentos de un espejo roto, en vez de las piezas dispersas de un rompecabezas, nos den un fundamento más sólido para el desarrollo de la metáfora. Al fin y al cabo, no estamos frente a la realidad, sino ante la imagen de una realidad que se sube hasta la superficie en el espejo roto de los medios masivos de comunicación.c) Lo importante es no olvidar que estamos interpretando acciones extrañas. Hombres al parecer honestos se encubren mutuamente. Debemos recordar que una vida vivida bajo una máscara produce en el actor un estado mental crónico no muy distinto de esos peculiares momentos en que uno, mirándose muy insistentemente al espejo, llega a reconocer que la cara que lo mira a uno tiene que ser --inexorablemente-- la propia. Y sin embargo no lo es. Lo que el espejo refleja son nuestras vicisitudes --pero no nuestra alma--; porque otro día, y delante de otro espejo, allí estaremos nosotros, abrumados, pero luciendo una imagen espléndida.d) Sin duda, la dificultad es análoga a la que se supone escribir un poema que sólo conste de nombres, números, objetos, conjeturas, habladurías, globos de ensayo, insinuaciones y otros fragmentos sueltos de la prosa.e) A veces, dice el avispado observador, "pienso en esa historia de Howard Hughes, tan temeroso de los microbios que mantiene a Jean Peters en el extremo opuesto de la habitación. Y me pregunto: ¿y si el miedo a las bacterias hubiese sido una ficción y el doble de Howard Hughes no se hubiera atrevido a acercarse demasiado a Jean Peters?".f) Difícilmente hubo en el caso Watergate un episodio que no nos fuera presentado en forma tal que pareciese más estúpido que lo que hubiera podido razonablemente ser. ¿O será más exacto decir que aquello que esperábamos percibir es más brillante que el nivel en el cual hemos sido estimulados a percibirlo?Conclusión No tengo dudas, que la prensa gana credibilidad poniéndose del lado de la verdad en la construcción de la información. Por otra parte, nuestro rol como audiencia necesita cambiar para adaptarse al torbellino de información que los medios nos ofrecen, es preciso entonces que comencemos por evaluar algunas de las convicciones con las que hasta hace unos años nos manejábamos, cuando convincentemente afirmábamos, “es verdad, lo dijeron por televisión”.
Escrito por: Natalia Martini

SALUDOS ¡RODRIGO GONZÁLEZ FERNANDEZ
DEMOCRACIA SECUESTRADA- Es un libro de Francisco Rubiales, que se puede adquirir al menos en España. No se si está ya en Chile
Nosotros hemos buscado más ciudadanía, más ciudadanos, como respuesta a los tiempos actuales y hemos propiciado la instauración en Chile del Ombudsman o defensor del Pueblo y hemos también concordado con Rousseau : Crea ciudadanos y tendrás todo lo que necesitas; sin ellos no tendrás sino esclavos envilecidos, desde los gobernantes del Estado hacia abajo".( defensorpueblo.blogspot.com)
Pero en este libro hay cosas interesantes que hacen pensar. Veamos algunos fragmentos de esta obra
La rebelión ya ha comenzado. Los ciudadanos quieren regresar del exilio y revitalizar una democracia que está postrada y secuestrada. El ciudadano será de nuevo el protagonista en una democracia auténtica y regenerada. El ser humano está dispuesto a construir a cualquier precio la catedral del futuro. Hay una fuerza desconocida que le impulsa a hacerlo, a pesar de sus cobardías, dudas y fracasos Pero, hasta conseguirlo, tendrá que atravesar desiertos y desfiladeros poblados de peligros y de alimanas dispuestas a defender con sangre y fuego sus privilegios.
El Estado, la gran institución creada por el hombre moderno para salvaguardar la paz y la armonía y preservar sus derechos y libertades, ha sido el mayor fracaso de la actual civilización".
Si asumimos el análisis de que los actuales poderes han fracasado, es urgente, entonces, sustituir a esos poderes por otros más eficaces. Esta línea argumental nos hace chocar de frente con la urgencia de transformar nuestra sociedad. Necesitamos un giro ético prometedor y nuevo que nos lleve, directamente, a sustituir el protagonismo hipertrofiado de las administraciones por el protagonismo de los ciudadanos, a valorar más a la persona, a depositar nuestra confianza plena sólo en lo que podemos controlar muy de cerca. Nuestra vida y nuestro mundo son demasiado importantes para que deleguemos su dirección y custodia en ineficientes administradores lejanos. No olvidemos a Jean-Jacques Rousseau cuando dijo "en el instante en que un pueblo permite ser representado, pierde su libertad", o cuando afirmo "no puede haber patriotismo sin libertad; ni libertad sin virtud; ni virtud sin ciudadanos. Crea ciudadanos y tendrás todo lo que necesitas; sin ellos no tendrás sino esclavos envilecidos, desde los gobernantes del Estado hacia abajo".
Que nadie piense que la fiera está en la jaula. El Estado está en libertad y sólo nos quedan dos opciones: encadenarlo o rezar para que la fiera esté saciada.
Hasta nuestros días, ya en la alborada del tercer milenio, tras haber atravesado periodos históricos de oscuridad y crueldad inimaginables, con millones de seres humanos asesinados por unos Estados que, sin descanso, alimentaron su poder por encima de cualquier otro objetivo, no ha sido posible plantear con fundamento y esperanza el principio del fin de una larga noche histórica, la de los Estados desbocados y con "sobredosis" de poder. De pronto, como por arte de magia, ese Estado que tantas veces a lo largo de la historia vendía con engaño su imagen de imprescindible regulador de la vida social, de interventor económico en favor de los débiles o de defensor de las fronteras frente a pueblos injustamente pintados de maldad por la propaganda, aparece hoy, ante los ojos del ciudadano, desnudo, con todas sus miserias y mezquindades a flor de piel, desfasado, retrógrado, con la mente atrofiada por el abuso del poder, con el alma embrutecida por la represión y con las manos manchadas de sangre.
Cada paso dado por la sociedad civil en busca de más libertad ha resultado casi siempre un retroceso de las libertades ciudadanas y un incremento del poder estatal, acompañado con frecuencia de un nuevo pisotón a la dignidad humana
Hemos sido tan insensatos que hemos abierto demasiadas veces el santuario más sagrado, las puertas del poder común, de la administración de nuestros Estados y gobiernos, a depredadores de bajos instintos y hemos permitido que durante siglos esos malos administradores nos acosen, nos persigan, nos roben y nos asesinen. Durante demasiados siglos hemos sido cobardes y hemos aceptado que nos engañen con mentiras insostenibles.
Para justificar el vergonzoso espectáculo de los enfrentamientos, rencillas y cuchilladas en la cúspide del poder o para mantener privilegios y ventajas inconfesables nos hablan del rango del Estado y de las necesidades de la representatividad, o nos dicen que la política es así, o que en política todo vale, olvidando principios mayores como la primacía del bien común o la prioridad del servicio al ciudadano.
A pesar de las dificultades, aunque el poder disponga hoy de más recursos que nunca para erradicar la ciudadanía (miedo, manipulación, disuasión, sanciones y violencia), el ser humano ha decidido dar otro empujón a la historia, abandonar el ropaje del súbdito y volver a colocarse las vestimentas de ciudadano. Cree que no hay otra forma de garantizar el futuro. Aunque algunos hayan alertado de manera engañosa que un exceso de democracia puede poner en peligro las instituciones, el camino correcto ya fue señalado por Alfred Emanuel Smith, cuando dijo que "todos los males de la democracia pueden curarse con más democracia". En la democracia sólo se hace el camino al andar.
Por democracia entendemos una sociedad libre, no oprimida por poderes políticos, ni dominada por oligarquías en la que los gobernantes responden ante los gobernados. Una sociedad es democrática cuando es abierta y cuando el Estado está al servicio de los ciudadanos y no al revés. La definición más brillante y difundida de la democracia quizás sea la pronunciada por Lincoln en Gettysburg, en 1863: "government of the people, by the people, for the people" (gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo).
Más antecedentes puedes encontrar aquí:
http://www.wmaker.net/votoenblanco/index.php?action=presentation&id_article=182236
Saludos Rodrigo González Fernández

martes, noviembre 08, 2005

`PROYECTO QUE CREA AUDITORIA INTERNA DEL GOBIERNO


Tres dudas de constitucionalidad y la creación indirecta de una Contraloría paralela

Por Enrique Silva Cimma, senador institucional

Senador Enrique Silva Cimma, institucional

El proyecto que crea la Auditoría Interna del gobierno es, a mi entender, de importancia esencial y así se la ha asignado el Supremo Gobierno al presentarlo.
Pero, después de haberlo estudiado profundamente, creo que a lo menos, adolece de tres dudas serias desde el punto de vista de la constitucionalidad del proyecto.
Creo, que hay tres artículos de la Constitución de la República que aparecerían de alguna manera o debilitados en su aplicación o dañados profundamente por este intento de legislar. Me refiero al artículo 3º, al artículo 38 y al artículo 98 de la Carta Fundamental. Al artículo 3º, porque en el fondo aquí, a pretexto de aplicar o de aprobar atribuciones sobre control interno por parte del Ejecutivo, se está pasando a llevar ¿qué cosa?, el que nuestra Constitución específicamente en el artículo 3º señala que la administración del Estado se realizará descentralizadamente y desconcentradamente, y se insta al Ejecutivo a promover la descentralización. En este proyecto lejos de promoverse descentralizaciones, lo que se está promoviendo específicamente es que el Ejecutivo, a pretexto de contralor interno y de ejercer contralor interno, realice mucho más que la supervigilancia que el Presidente de la República podía actuar o ejercitar sobre las instituciones descentralizadas. Se llega tan lejos que explícitamente, a pretexto de decir que deben mencionarse ese tipo de instituciones expresamente, se extiende este control interno a las empresas del Estado que son autónomas del Presidente de la República de acuerdo con su estructura constitucional y legal. En seguida, se parte todavía de la base que el Presidente de la República ejercitará esto que llaman el control interno y se olvida que la ley orgánica constitucional, establece qué cosa en materia de fiscalización, que aparte de la fiscalización que constitucionalmente compete a la Contraloría General de la República, en cuanto órgano de contralor externo por sobre las entidades de la Administración del Estado el control interno, que así se le denomina en este proyecto, es lo que la ley orgánica de la Administración del Estado denomina control jerárquico, y este control jerárquico corresponde en la ley orgánica respectiva, según reza explícitamente el artículo 11 de esa ley orgánica, que se omite del todo en este proyecto, corresponde a los jefes respectivos, vale decir, a los jerarcas correspondientes y no al Presidente de la República expresamente y sobre todo, sobre la base de un organismo que se pretende crear en el Ministerio de Hacienda y paralelamente a la Contraloría General de la República.
Y este organismo que se denomina Consejo de Auditorías, y que se viene creando por esta ley, es en el fondo una contraloría paralela a la Contraloría General de la República.
Además de alterarse el contenido esencial de las normas del artículo 3º, este proyecto, a mi juicio, pasa por sobre lo que la ley orgánica de Bases de la Administración del Estado, cuyo texto definitivo ha sido fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 1, establece como estructura de nuestra administración. La ley orgánica en concordancia con el artículo 38 de la Carta Política establece una estructura que en este proyecto pasa a ser alterada, porque precisamente esa ley orgánica en su Título II consagra todo una estructura de la Administración que se distingue entre una administración propiamente nacional o central, una administración descentralizada, una administración funcionalmente desconcentrada, y en seguida una administración fiscalizadora. Y resulta que este proyecto altera por entero las disposiciones de estructura orgánica que se conciben al amparo de las disposiciones del artículo 38 de la Carta Política y consagra que el Presidente de la República, no exclusiva y directamente él, sino que por intermedio de uno de sus ministerios, que viene a constituir una suerte de “superministerio”, el que ejerza toda esta facultad de fiscalización denominada control interno no sólo sobre las instituciones de la Administración central o nacional sino que sobre las instituciones de la Administración descentralizada.
Y resulta, que con ello está haciendo abstracción de las normas de la Carta Fundamental, artículo 38, y del Título II de la ley orgánica de Bases de la Administración del Estado, que establece que corresponde a cada jefe de servicio ejercitar su control interno sobre la respectiva institución.
De esta manera, se crea por así decirlo un superorganismo de fiscalización que, a propósito o a pretexto de hacer fiscalización interna, en el fondo se transforma claramente en una fiscalización externa. Y prueba de ello es que el Presidente de la República por intermedio de este organismo que depende de uno de sus ministerios, del Ministerio de Hacienda, exorbitando con mucho al atribuirse esta potestad, la que establece el decreto con fuerza de ley orgánico, que es la ley orgánica de ministerios, y que entrega el Ministerio de Hacienda una función que queda mucho más restringida que la que este proyecto pretende otorgarle por esta vía. Digo que por este camino se está transformando en el Ministerio de Hacienda en un superministerio que no sólo va a ejercer una función de supervigilancia, sino que va mucho más de eso: una función de control de legalidad. Y aquí, se empieza a traspasar también y a alterar el contenido de lo dispuesto en el artículo 98 de la Carta Política. Y no está demás señalar, señor Presidente, que la Constitución de la República al establecer el control sobre la Administración del Estado, establece normas imperativas, y normas imperativas que de acuerdo con lo que hemos visto recientemente rigen in actum tratándose de la Constitución de la República, porque son normas que están por sobre la ley y que, necesariamente, deben determinar el contenido de la ley, que no puede aparecer extravasando lo que es la Constitución de la República a este respecto. Y, a mi juicio, esto no se obvia ni se soluciona con una frase que por lo menos se reitera dos o tres veces en este proyecto cuando se están alterando las atribuciones de la Contraloría y se dice: lo anterior significa sin perjuicio de las atribuciones de la Contraloría. Con esta modesta frase que se reitera en el proyecto de decir que se aprueban tales y cuales cosas como propias de este Consejo de Auditoría del Ministerio de Hacienda, se están pasando a llevar las atribuciones de la Contraloría dejando constancia con toda modestia que esto es sin perjuicio de lo que la Contraloría establezca. Pero yo digo, cuando la ley recurre a este camino y a este subterfugio es porque está partiendo de la base que los autores de la iniciativa tuvieron mucha duda acerca de que en la realidad auténticamente se iba a alterar esas atribuciones y se quiso zanjar aquello con una frase de esta naturaleza que sólo tiene un contenido formal pero no un contenido esencial. En una palabra, yo creo que es de tal gravedad un proyecto de esta índole que está haciendo olvido de lo que es toda la estructura esencial y básica de la Administración del Estado. No es primera vez que esto se intenta, como no lo es tampoco, y debo deplorarlo aquí y reiterarlo, que se pretenda quitar la atribución de la toma de razón que corresponde imperativa a un órgano que la Constitución de la República ha señalado con esa facultad. Ya se quiso hacer eso con una ley de la Universidad de Chile -a la cual yo me opuse- y afortunadamente no hubo el quórum necesario para que tal cosa de gravedad pudiese ser aprobada. Pero aquí volvemos nuevamente a la carga.
Yo tengo que lamentar y deplorar profundamente el que permanentemente a pretexto de modernizar la Administración del Estado se estén alterando estructuras básicas de cómo la Constitución de la República ha entendido la administración del Estado en nuestro país, con instituciones de la Administración Central, con normas que establecen que el Presidente de la República gobierna el Estado y administra el Estado. Pero administra en los términos que la propia Constitución lo establece.
En seguida, se está alterando la disposición del artículo 8º que es la que mandata para que exista una ley orgánica fundamental de Bases de la Administración del Estado y sobre esa ley se pierde aquí cuál es el sentido auténtico de la Administración del Estado que para esa ley contenía hoy día en tres títulos fundamentales. El título II en la cual específicamente se refiere a la Administración establece una administración de distinta índole. Y por último, se altera también el contenido imperativo de la norma del artículo 98 acerca de las facultades de la Contraloría General que -reitero- no pueden entenderse ya superadas con las circunstancias de que la ley se limite a decir que lo anterior será "sin perjuicio de las atribuciones de la Contraloría".
Cuando un organismo debe actuar por mandato de la Constitución actúa por entero derecho y por el ministerio de la ley y no se soluciona el que a otra institución se le pretenda otorgar esas facultades diciendo que será "sin perjuicio de aquello".
Desde el Senado, Proyecto que crea una auditoria Interna del Gobierno, Rodrigo González fernández