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domingo, mayo 10, 2009

Piden consagrar en la Constitución la protección y el resguardo de los datos personales

Piden consagrar en la Constitución la protección y el resguardo de los datos personales
 
 
El senador Jorge Pizarro presentó un proyecto en ese sentido, el que deberá ser estudiado por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
 
Datos personales bajo llave

Con el propósito de adaptar nuestra legislación a las reales necesidades nacionales e internacionales de protección de datos personales, el senador Jorge Pizarro presentó un proyecto de reforma constitucional para consagrar en la Carta Fundamental el resguardo de esa información.

 

El proyecto, que fue derivado a la Comisión de Constitución para su estudio, establece que "toda persona tiene derecho a controlar la información que le concierne, de modo de obtener un adecuado resguardo a sus derechos fundamentales".

 

Asimismo señala que "en ejercicio de este derecho, toda persona podrá conocer sus datos personales y los que le afecten personalmente o a su familia, y obtener su rectificación, complementación y su cancelación, si estos fueren erróneos o afectaren sus derechos constitucionales, de acuerdo con las regulaciones establecidas por la ley".

 

Según explica el senador Pizarro diversas fuentes muestran que la actual legislación necesita modificarse, y ser adaptada a las reales necesidades nacionales e internacionales de protección de datos personales.

 

"Tanto la Unión Europea como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, OCDE, han expresado que Chile debe mejorar la protección del tratamiento de datos personales, explicitando su protección y creando una Agencia de Protección de Datos, entre las principales modificaciones", manifestó.

 

DERECHO GARANTIZADO

 

Según el senador Pizarro, este derecho a la protección de datos personales se define como Habeas Data, que es un derecho que asiste a toda persona a solicitar administrativamente y judicialmente la exhibición de registros o bases de datos -públicos o privados- en los cuales estén incluidos los datos personales o de su familia, para tomar conocimiento de su exactitud, solicitar su rectificación, superación, complementarlos o solicitar su reserva.

 

Agrega que este derecho está recogido o reconocido por gran parte de las naciones europeas y americanas, por la Asamblea de las Naciones Unidas, así como por el Consejo de Europa.

 

Asimismo, recordó que el ejecutivo envió a  la Cámara de Diputados un proyecto de ley que modifica las leyes 19.628 sobre protección de la vida privada y 20.285 sobre acceso a la información pública, en las que se incluye una declaración explícita de este derecho y de la entidad encargada de fiscalizar su cumplimiento.

 

"Sin embargo, esta modificación sólo queda establecida dentro de la citada ley y deja el derecho de Habeas Data, recogido en la mayoría de las cartas fundamentales del continente y de otros países socios de Chile, bajo el amparo de una ley. Pero la constitucionalización de este derecho lo garantiza ante cualquier desnaturalización o limitación que los órganos instituidos puedan realizar de él bajo pretexto de regularlo", sentenció.

 


Fuente:
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Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU
 
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