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viernes, septiembre 05, 2008

argentina: En la Cámara de Diputados

En la Cámara de Diputados
Insisten con una ley de acceso a la información 
El radical Hugo Marcucci y el bloque del PDP ya dieron estado parlamentario a sus respectivos proyectos. Desde el 2002, la Legislatura viene fracasando en su intento por dictar una ley sobre la temática, por las posturas encontradas entre ambas Cámaras.

De la redacción de El Litoral

En la Legislatura santafesina, se empezó a discutir nuevamente el "libre acceso a la información", iniciativa que se repite desde el año 2002 y fracasa debido a los proyectos disímiles que impulsan los diputados por un lado, y los senadores, por el otro. En estos seis años, nunca fue posible encontrar un consenso que permita sancionar una norma que permita a la ciudadanía el libre acceso a la información en los tres poderes del Estado. Una norma más liberal propugnan los diputados; mientras los senadores la quieren más restrictiva. Esto ha dejado al tema en meros proyectos pese a los compromisos de campaña del ex gobernador Jorge Obeid y del actual Hermes Binner.

En las últimas sesiones, primero el radical Hugo Marcucci y después el bloque del PDP dieron ingreso a sendos proyectos sobre el tema. Los dos autores están contenidos en el Frente Progresista. La característica de Diputados es que siempre votó el tema por unanimidad.

"Avanzar en la calidad institucional requiere de una ley de acceso a la información", dijo el radical al fundamentar la importancia del proyecto. "Concebimos el libre acceso a la información como una garantía de la transparencia, el control y la participación ciudadana en un régimen democrático y republicano. Se reconoce el derecho a toda persona, al libre acceso a la información completa, veraz y oportuna de los actos del Estado".

Destacó que se propicia el derecho "sin condicionamiento alguno. Es decir, no limita el ejercicio del derecho a la previa acreditación de interés legítimo. En la misma tesitura, y para garantizar el éxito del instituto propuesto se establece: la gratuidad del procedimiento, la obligatoriedad de brindar la información por parte de las autoridades públicas requeridas, y en su caso, justificar las razones por las cuales no puede facilitarla, y finalmente, se fijan las responsabilidades de los funcionarios que obstruyeren o suministraren en forma incompleta la información peticionada".

Antecedentes y fundamentos

Marcucci señaló que el libre acceso a la información pública exige al Estado "desarrollar una gestión más transparente y le permite a la ciudadanía conocer toda la información contenida en archivos, registros, expedientes administrativos y resultados de estudios técnicos, estadísticas, así como cualquier otra sobre la cual basan sus decisiones los gobernantes. Con ello, se les permite participar en la toma de decisiones de manera informada, controlar la gestión pública, y tener opinión fundamentada sobre los diversos temas que hacen al buen funcionamiento del Estado, con lo cual mejora sin dudas la calidad institucional".

Entre los antecedentes citados, están las leyes dictadas en provincia de Buenos Aires, Chubut, Córdoba, Jujuy, Río Negro, Santiago del Estero y Tierra del Fuego. Además hay decretos vigentes en Entre Ríos, Misiones, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y ordenanzas en las ciudades de Santa Fe y Rosario.

Además existen proyectos con estado parlamentario en Catamarca, Chaco, La Pampa, Mendoza, Neuquén, Santa Fe y Tucumán mientras que no cuentan con normativa ni proyectos: Corrientes, Formosa, La Rioja, San Juan, San Luis y Santa Cruz.

El PDP, pionero

Fue el entonces diputados Carlos Favario el primero en instalar el tema en 2002 y logró la media sanción por unanimidad de la iniciativa que luego naufragó en el Senado. Con esa bandera, los diputados provenientes de esa fuerza insisten todos los años con la iniciativa.

"Toda persona física y jurídica tiene derecho al libre acceso a la vista e información de los actos de gobierno de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, sus entes descentralizados y entidades autárquicas, de conformidad con el principio republicano de publicidad establecido por el artículo 1 de la Constitución de la provincia. El derecho a la vista será extensivo a las resoluciones y sentencias judiciales dictadas en procesos en que la provincia sea parte o que se halle comprometido el interés público", señala el artículo primario del proyecto.

Es la quinta vez que el PDP ingresa el tema. "La importancia ha sido resaltada y señalada profusamente no sólo por los legisladores, sino por distintas organizaciones intermedias de la provincia y la totalidad de los medios de comunicación que editorializaron a la norma jurídica del acceso a la información como un instrumento imprescindible de la democracia y de la tan ansiada reforma política del Estado", subrayan en sus fundamentos.

Entienden además que el derecho a la vista del expediente o de las actuaciones administrativas constituye a partir de 1994 "una categoría de los derechos fundamentales o derechos humanos constitucionales por aplicación de los principios y derechos de la tutela judicial efectiva y a la información establecidos en los distintos pactos incorporados con raigambre constitucional por aplicación del derecho de integración".

En los extensos fundamentos del proyecto, se afirma que "a pesar de que existen mandatos constitucionales expresos y operativos que lo posibilitan en toda su extensión, el derecho al libre acceso a la vista de las actuaciones administrativas no se aplica ni se reconoce. Por el contrario, se lo niega por cuestiones, en general, de excesivo rigorismo formal".


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Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en RSE de la ONU
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