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viernes, junio 12, 2009

Informe 2008 Relatoría para la Libertad de Expresión de la OEA presenta informe anual

Informe 2008

Relatoría para la Libertad de Expresión de la OEA presenta informe anual

Relatoría para la Libertad de Expresión de la OEA presenta informe anual

nota de información Información

Autor: Tomado de: www.periodismo-aip.org

Junio 10 de 2009. La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la OEA, presentó su informe anual 2008. El mismo reconoce que en los últimos años se han registrado avances en materia de libertad de expresión, pero advierte entre otras cosas, la necesidad de contar con mecanismos más eficaces para asegurar el acceso a la información.

El informe de la Relatoría evalúa la situación del derecho a la libertad de expresión en las Américas durante 2008. En él se incluye una descripción de la situación del ejercicio de este derecho en cada país de la región durante el año pasado, y se presenta la agenda de la Relatoría Especial para el período 2008-2011.

Como parte del marco jurídico que regula el derecho a la libertad de expresión, se presentan en el documento, los estándares esperables en materia de acceso a la información. Se hace hincapié en este derecho como una manifestación específica de la libertad de expresión protegida por el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

En el documento también se afirma nuevamente que dicho artículo de la Convención "comprende una obligación positiva en cabeza del Estado de brindar a los ciudadanos acceso a la información que está en su poder, y un derecho correlativo de las personas a acceder a la información en poder del Estado". En definitiva, el informe resalta la importancia de este derecho como una herramienta crítica para la participación democrática, el control del funcionamiento del Estado y la gestión pública y, en este sentido, como instrumento de control de la corrupción. Por otra parte, se establece que "es un instrumento clave para el ejercicio de otros derechos humanos".

La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión, actualmente a cargo de la abogada colombiana Catalina Botero Marino, reafirma la necesidad de los Estados reconozcan en su legislación una legitimación activa amplia para el ejercicio del derecho a la información pública, esto es, que cualquier persona pueda solicitar acceder a documentos y datos bajo el control del Estado. Así, la Relatoría asegura en su informe que "no es necesario acreditar un interés directo ni una afectación personal para obtener la información en poder del Estado". También, pone énfasis en que este derecho se debe regir por el principio de la máxima divulgación, es decir, que quien conoce esa información que tenía alguno de los poderes del Estado, la puede divulgar y hacer circular en la sociedad.

Según lo señalado por la Relatoría, el Estado además tiene "la obligación de suministrar al público la máxima cantidad de información en forma oficiosa, por lo menos en cuanto a (la estructura del Estado, y la información que se requiere para el ejercicio de otros derechos – por ejemplo, la que atañe a los requisitos y procedimientos en los ámbitos de las pensiones, la salud, los servicios estatales esenciales, etc.-". Esto es lo que habitualmente se conoce como "transparencia activa" y se trata justamente de que los Estados pongan a disposición de sus habitantes, determinada información de mayor relevancia o necesidad, sin que éstos tengan que solicitarla específicamente.

En efecto, si bien el informe destaca la relevancia de que los países de la región cuenten con normas que regulen el ejercicio del derecho de acceso a la información pública y se lo plantea como un reto, al efectuar el análisis correspondiente a la situación de cada país, omite señalar si tal norma existe o no, si en caso afirmativo se trata de una norma que cumple con los estándares en la materia y si en caso negativo, se han presentado proyectos legislativos.

Más allá de la legislación, el informe destaca con mucho criterio que "…la existencia de leyes de acceso a la información es insuficiente para garantizar el derecho de acceso. En efecto, para satisfacer de manera adecuada este derecho, es necesario que se adopten medidas de implementación sobre asuntos como la custodia, archivo y administración de la información en poder del Estado".

Asimismo, es indispensable que se implementen políticas y programas adecuados de capacitación para funcionarios públicos y la ciudadanía en general, orientados en la práctica a desterrar definitivamente la cultura del secreto.

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Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU
 
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